En la actualidad cada vez es más frecuente asesorar a personas que tienen previsto realizar operaciones con otros países de la U.E., bien porque van a realizar compras, o bien porque van a realizar ventas o prestaciones de servicios.
Para poder desarrollar estas operaciones, contar con el NIF-IVA es uno de los requisitos más importantes de tipo formal.
Cualquier entrega o recepción de bienes y servicios que se realice entre países de la Unión Europea se denomina operación intracomunitaria. Si tienes una página web, y tienes clientes en Francia, por ejemplo, para poder operar con ellos necesitarás un NIF-IVA.
¿Y qué es el NIF Intracomunitario? Pues es un número de identificación fiscal que nos habilita a realizar operaciones de compra-venta en la Unión Europea
Para poder realizar este tipo de operaciones es recomendable contar con el número, y para ello debes inscribirte en el Registro de Operadores Intracomunitarios, lo que trae consigo pertenecer al censo VIES (que es el Sistema de Intercambio de información sobre el IVA)
¿Cómo nos damos de alta en el ROI?
Para darnos de alta en dicho registro debemos cumplimentar el modelo 036 (alta censal) de la AEAT, deberemos marcar la casilla número 582.
Si la AEAT NO responde en un plazo de tres meses, podremos considerar denegada la asignación del número solicitado. Es recomendable adjuntar al modelo censal algún documento justificativo de esas operaciones (presupuesto, pedido,…) para que la administración tributaria pueda comprobar que efectivamente necesitamos ese alta. De esta forma el proceso de alta será más rápido y en varios días pueda estar resuelto.
Deberemos darnos de alta si vamos a vender productos o servicios. También si compramos servicios. Si vamos a comprar productos, no sería del todo obligatorio, pero si recomendable, máxime teniendo en cuenta que dichas adquisiciones intracomunitarias gozarían de exención en el IVA.
Es importante que tengamos en cuenta que para poder ahorrarnos el IVA la empresa que me suministra los servicios o los productos también deberá estar dada de alta en el ROI.
¿Cómo saber si tu proveedor tiene NIF IVA intracomunitario?
Para verificar los números NIF IVA intracomunitario de las empresas que te suministran, dirígete al Censo VIES en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o en la web europea habilitada al efecto. Si la empresa no aparece significa que no es empresario o no se ha dado de alta, por tanto no podré aplicar la exención de IVA. Ejemplo: si me ha hace un pedido un particular de Italia, aunque sea venta intracomunitaria no podré aplicarle la exención y deberé repercutirle el IVA.
Censo VIES de la Agencia Tributaria
Desde aquí podrás realizar la consulta sin necesidad de Cl@ve PIN o certificado electrónico.
Es muy importante que en las facturas que emitas a una empresa residente fuera de España, en la Unión Europea, indiques al pie la obligación del destinatario de declarar el IVA, a fin de clarificar las obligaciones fiscales.
Obligaciones formales
Las empresas que realicen operaciones intracomunitarias deberán presentar de forma trimestral o anual el Modelo 349 donde se informa de las compras o ventas realizadas. Es un modelo de gran importancia porque se cotejará entre los diferentes países para tener registradas las operaciones entre sus empresas.
Por último recordar que aquellas empresas que no presenten declaración de IVA por su actividad (por ejemplo comercios en recargo de equivalencia), deberán liquidar el IVA de esas operaciones intracomunitarias en España. Esto se realiza en el Modelo 309, ingresando las cantidades de IVA como si la operación se hubiera producido en territorio español.
Esperando que este artículo haya resultado de vuestro interés, nos despedimos desde el Servicio de Creación de Empresas de la FER.
Rocío Bazán Iñiguez
Asesora Emprenderioja