¿Qué autónomos tienen que hacer el 036?

Todos los casos en los que el profesional por cuenta propia debe rellenar este documento y presentarlo con las normas que marca la Agencia Tributaria.

Rocío González – 24/06/2019

Cuando un empresario se quiere dar de alta o baja en el censo empresarial, debe utilizar el modelo 036. Se trata de un documento con el que se declara el alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Al contrario de lo que muchos piensan, el modelo 036 es una declaración censal, por lo que no conlleva pago alguno, sirve solo a título informativo.

¿Quién tiene que presentarlo?

En ese sentido, deben presentar este modelo aquellos empresarios o profesionales que vayan a comenzar el ejercicio de una actividad económica. Pero no solo ellos, sino que aunque no se haya actuado como empresario, también tienen que hacerse con el modelo los profesionales que realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.

Por otro lado, si no se reside en territorio español, pero tienen rentas e ingresos a cuenta con retenciones españolas también deberán acogerse al modelo 036.

Los socios, herederos o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades tendrán que cumplimentar este modelo y entregarlo a Hacienda.

Además de eso, aquellos que sean sujetos pasivos del IVA, excepto que hayan sido exonerados del cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria deberán formalizar esta declaración informativa.

Cuándo presentar el 036

La declaración censal de alta del modelo 036 debe presentarse antes de iniciar la actividad económica. Se puede presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal de la empresa o bien a través de vía telemática con certificado electrónico, donde en algunos casos es necesaria la posterior presentación de documentación adjunta al modelo en las oficinas de la Agencia Tributaria.

La presentación del modelo 036 se deberá hacer por vía telemática en el caso de altas o bajas en el registro de devolución mensual del IVA.

FUENTE: Periódico Cinco Días