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NUESTRA PRIMERA OPERACIÓN DE EXPORTACIÓN (I)

Cuando afrontamos nuestra primera exportación nos surgen muchas dudas y nos asalta la sensación de que pueden surgir complicaciones: son tantos los factores a tener en cuenta…

No obstante, desde EmprendeRioja deseamos transmitir al emprendedor que el reto en exportación es localizar, captar y fidelizar un cliente en el mercado de destino con capacidad y voluntad de pago.  Será en el momento que ingresemos el importe de nuestra factura de exportación en nuestra cuenta bancaria, cuando podremos afirmar que la operación de exportación se ha realizado con éxito.

¿Y el resto de factores? Realmente podemos afirmar que están muy protocolizados y que, una vez que hayamos concluido nuestra primera operación ya contaremos con habilidades y conocimientos para afrontar las siguientes. En comercio exterior, se aprende exportando e importando…

¿Las claves del éxito?

En este post nos centraremos en la legalidad de una operación de exportación:

Siempre debemos cumplir con la Agencia Tributaria en los siguientes aspectos:

  • Registros. Para empezar a exportar debemos darnos de alta (solo una vez) en:
    • EORI. Identificación de Operadores Económicos.
    • VIES. Cuando vamos a realizar operaciones intracomunitarias.
  • Fiscalidad.
    • IVA. Cuando exportamos a un cliente internacional empresa y se puede demostrar la salida de mercancía de España, o se realiza un servicio en destino a un cliente empresa, nuestras facturas se emitirán sin IVA. Siempre necesitaremos archivar estas facturas junto a una copia del documento de transporte que demuestre la salida de España del bien exportado.
    • Deberemos cumplimentar el modelo 349 de IVA cuando realicemos operaciones intracomunitarias.
    • Realizaremos la declaración INTRASTAT cuando la suma de nuestras expediciones o introducciones intracomunitarias supere en un ejercicio los 400.000 €.
    • Cuando exportemos vino o mercancía sujeta a impuestos especiales (excise duties) nos debemos asegurar que nuestro destinatario está autorizado ante su Agencia Tributaria local para recibir la mercancía. En el caso del vino en los envíos intracomunitarios existe un documento de acompañamiento que se tramita electrónicamente, el EMCS modelo DA500, que permite una trazabilidad de estos impuestos en territorio UE.
  • Aduanas.
    • Comprobaremos qué arancel pagará nuestra mercancía y qué requisitos documentales debe cumplir al entrar en un determinado país en la página Market Access Database
    • Para ello necesitaremos conocer el código arancelario de nuestro producto. En la Agencia Tributaria podemos plantear una consulta vinculante al respecto, siendo el plazo medio de respuesta definitivo de 2 ó 3 meses.
    • En el caso de operaciones de exportación a países con los que la UE tiene acuerdos preferenciales el agente de aduanas emitirá en el despacho de exportación un certificado EUR1, que deberá ser presentado en destino para que la mercancía se beneficie del arancel preferencial. Hay países que admiten procedimientos simplificados para acreditar el origen preferencial de la mercancía (registro REX o Exportador Autorizado de Origen).
    • En los despachos de exportación o importación se genera el DUA (Documento Único Aduanero), que deberemos archivar.
    • Cuando exportamos también debemos tener en cuenta si nuestro importador de destino cuenta con todas las licencias necesarias en su país.
    • En el caso de EE.UU y para algunos productos, es necesario realizar notificaciones previas a determinados departamentos gubernamentales de todos y cada uno de nuestros envíos, incluso de muestras, con lo que deberemos contar con un Representante en destino que cumpla con estas obligaciones.

Continuará…

¡En Emprenderioja te asesoramos sobre el cumplimiento de los requisitos fiscales y aduaneros de tus operaciones de exportación!