Son muchos los cambios que había en el aire en el 2016 sobre las novedades para los autónomos, pero finalmente, tenemos las medidas fiscales y administrativas que afectaran a los autónomos para este 2017.
Veamos cuales han sido esos cambios y cuales están pendientes de aprobar:
- Cuota mínima de autónomos 2017: como todos los comienzos de año, sube la base mínima para este año 2017 que será de 285,41 € al mes.
- Se amplía el plazo de la Tarifa Plana para los nuevos autónomos: La nueva Ley de autónomos contempla la ampliación de la Tarifa Plana de seis meses a un año para los nuevos autónomos.
- Baja por maternidad de autónomas: La nueva Ley contempla una bonificación del 100% de la baja, que afecta tanto para trabajadoras autónomas sustituidas, como las que no sean sustituidas, además de la exención del pago de cuota de autónomos durante el mismo periodo.
- Se modifica el recargo que los autónomos deben abonar por impago en el abono de la cuota de autónomos. Se fijan tres tramos teniendo en cuenta la temporalidad:
Un mínimo de un 3% si se ingresa el mes siguiente.
Un 5 y un 10% si se ingresa en el segundo y tercer mes, respectivamente.
Un 20% a partir del tercer mes
- Compatibilizar jubilación y trabajo autónomo: cabe la posibilidad de hacer compatible el cobro del 100% de la pensión de jubilación con el ejercicio de la actividad como autónomo, de momento es otra medida pendiente de aprobación.
- Se empieza aplicar el nuevo Sistema por tiempo de cotización: Es decir las bajas y altas se harán efectivas en el día exacto de la solicitud, no como en el 2016 que se computaba por el mes completo tanto en el alta como en la baja independientemente del día que se hiciera efectivo.
- Se espera implantar una nueva cuota progresiva de autónomos: es decir, la implantación de la cuota de autónomos progresiva en función de los ingresos reales obtenidos. De momento es una reivindicación histórica de los autónomos que quizás en este año 2017 se pueda lograr. Por lo tanto hay que esperar a la puesta en marcha de los cambios en el RETA, para una reforma en la que se aplicará un sistema de cotización ajustado a los ingresos reales, suprimiendo la obligación de cotizar a aquellos cuyos ingresos no superen el SMI.
- Se aplican nuevas deducciones para autónomos profesionales: se incorporan como gastos deducibles en el IRPF los gastos del vehículo y de los suministros de agua y luz que trabajen desde casa. En este año 2017 serán deducibles los gastos relacionados con automóviles parcialmente afectados a una actividad económica (entendemos que al menos en un 50%) y con los suministros de agua, gas y electricidad de un profesional que no tenga local y realice el trabajo desde su domicilio particular podrán deducirse como mínimo un 20% de dichos gastos.
- Retenciones de los profesionales autónomos: se mantiene el mismo tipo de retención, el 15% de retenciones aplicada por los profesionales autónomos que deben practicar en sus facturas. Las retenciones de los nuevos profesionales autónomos serán del 7% durante el año en que se dan de alta y los dos siguientes.
La mayoría de estas medidas están pendientes de aprobación definitiva en el Parlamento, pero cabe esperar que, finalmente, pronto vean la luz.