En ocasiones acuden a nuestro servicio emprendedores que por el tipo de negocio que van a poner en marcha, necesitan desde un principio contar con personal laboral que trabaje en la empresa. Abrir un negocio de hostelería o un comercio son proyectos donde, bien sea por los amplios horarios de apertura o por las propias necesidades del servicio, pueden precisar de contratación de personal desde sus inicios.
A la hora de decidirnos por un tipo de contrato u otro, debemos tener en cuenta varias circunstancias:
- Contrato indefinido o temporal. En primer lugar debemos distinguir si la contratación de un trabajador la queremos hacer de forma indefinida, o si ésta responde a una necesidad temporal, por ejemplo en caso de negocios estacionales donde existen periodos de exceso de actividad (por ejemplo en rebajas).
- Tipo de jornada. En función de las necesidades a cubrir nos decidiremos por una jornada a tiempo completo o parcial. Cada convenio sectorial fijará la jornada laboral anual, así como otros aspectos como son los días de descanso, permisos laborales …
- Bonificaciones. La Administración establece una serie de bonificaciones para fomentar la contratación.
- Contratos indefinidos:
- Actualmente la Ley 25/2015, de 28 de Julio, establece unas bonificaciones en la contratación indefinida, consistente en que los primeros 500 euros correspondientes a contingencias comunes quedan exentos de pago, en contratos a tiempo completo. ( en vigor hasta el 31/08/2016).
- Contrato de apoyo a los emprendedores. Se trata de contratos con un periodo de prueba de un año, para empresas de menos de 50 trabajadores y con una obligación de mantener el empleo al trabajador contratado al menos de 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral.
- De un joven por microempresas o autónomos. Se trata de contratos indefinidos, para microempresas o autónomos con 9 o menos trabajadores. Los trabajadores tendrán menos de 30 años.
- De nuevo proyecto de emprendimiento joven. Se trata de contratos indefinidos para autónomos menores de 30 años que realicen su primera contratación. El trabajador deberá contar con 45 o más años.
- Contrato temporal de primer empleo joven: Duración mínima de 3 meses y máxima de 6 meses. Trabajadores jóvenes menores de 30 años. Tendrá bonificación si transcurridos 3 meses se transforma en indefinido.
Tanto en contratos indefinidos como en contratos temporales existen bonificaciones en función de las características de los trabajadores contratados:
- Trabajadores con discapacidad
- Trabajadores en situación de exclusión social
- Trabajadores mayores de 52 años
- Contratos en prácticas.- Esta modalidad contractual permite obtener al trabajador una práctica profesional. El trabajador de cualquier edad, deberá estar en posesión de una titulación universitaria, formación profesional o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, no habiendo transcurrido más de 5 años desde el fin de los estudios. Con una duración no inferior a 6 meses ni superior a los 2 años.
Ver cuadro de bonificaciones a la contratación laboral para el año 2016. http://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_empleo/bonificaciones_reducciones.pdf
- Costes laborales: Es interesante realizar un estudio del coste laboral de una modalidad u otra de contratación. El coste laboral es la suma del coste salarial fijado por convenio en función de la categoría profesional, más las cotizaciones de la empresa (Contingencias Comunes, Desempleo, Fogasa, Formación Profesional, AT y EP, en torno al 30%).
Por otra parte, el Gobierno de La Rioja tiene en vigor un programa de fomento del empleo juvenil denominado ”cheque joven”. Se trata de una subvención para la empresa que contrate a un joven menor de 30 años que debe haber pasado por el programa de cheque joven. El joven debe pasar por un itinerario de inserción profesional, por lo que hasta la obtención del Certificado de inclusión al programa, puede pasar un cierto tiempo. Estos tiempos son en muchas ocasiones incompatibles con la necesidad de contratación de una empresa, que normalmente, es una necesidad inmediata.
En cualquier caso hay que tener presente que tanto los programas de fomento de la contratación como la normativa laboral se van actualizando muy rápidamente y son susceptibles de modificaciones continuas, por ello os recomendamos que si estáis pensando en montar un negocio en el que tengáis que contratar a personal desde el primer día, os pongáis en contacto con nuestro servicio de creación de empresas, donde os podremos ayudar.
Esperamos que este artículo haya sido de vuestro interés.