El sistema de ‘notificaciones 060’ alerta al trabajador autónomo con un email cuando tiene un aviso de Hacienda o de la Seguridad Social. Se trata de un programa con el que no están obligados a trabajar, pero que expertos recomiendan. Lo malo es que su uso obliga a estar pendientes, pues en caso de no estarlo, pueden ser sancionados.
Ivana Haro | 11/07/2019
as ‘notificaciones 060’ es un sistema creado por la Administración para recibir los avisos de Hacienda o de la Seguridad Social, o cualquier otro organismo, a través del correo electrónico. Puede convertirse en un gran aliado para el trabajador por cuenta propia, porque le mantienen permanentemente informado de cualquier incidencia o requerimiento. Pero también requiere estar pendiente y entrar al menos una vez por semana para que no se convierta en un problema.
Se trata de una herramienta pública y gratuita, que notifica al usuario dado de alta con anterioridad, de las diferentes notificaciones que le puedan llegar tanto de Hacienda como de Seguridad Social o de otra Administración. Esto facilita, por un lado, que el contribuyente pueda estar al corriente siempre de las alertas que le puedan llegar. Pero por otro, le obliga a estar siempre pendiente y en caso de error del sistema u despiste por parte del usuario, la sanción es la misma, porque la notificación se da por entregada.
Lo primero que tienen que saber los autónomos persona física es que no están obligados a darse de alta. Aunque el abogado laboralista, Alberto Ara, sí que recomienda su uso, ya que considera que puede ser “útil, pues hace que el trabajador por cuenta propia no tenga que estar frecuentemente mirando una cuenta en la Agencia Tributaria”. Los que sí están obligados a utilizar este sistema son “las sociedades jurídicas, ya sea limitada, anónima y demás, que muchas están en manos de una sola persona” explicó este experto laboral.
Una de las ventajas del sistema de notificaciones 060, es que aúna en una misma cuenta todas las notificaciones que le pueden llegar a un trabajador autónomo desde Hacienda y Seguridad Social. Éstas pueden ir, resumió Ara, desde la comprobación del algún impuesto, la aprobación de un aplazamiento, la devolución de RENTA, el reclamo del pago de la cuota, etc.
¿Cómo activar las notificaciones 060?
El procedimiento para acceder al servicio de notificaciones 060 es sencillo. El interesado deberá acceder a la página web notificaciones.060.es y seguir los tres pasos que establecen. En el primero, el contribuyente se da de alta en la herramienta, utilizando su DNI o el certificado electrónico. Ello le permite obtener una Dirección Electrónica Habilita (DEH), que según explica la Agencia Tributaria en su web, hace que “cualquier persona física o jurídica dispondrá de una dirección electrónica para la recepción de las notificaciones administrativas que por vía telemática pueda practicar las distintas Administraciones Públicas.”
Además, de la DEH, el contribuyente dispondrá con la realización de este procedimiento, de un buzón electrónico en el que recibirá las notificaciones “electrónicas correspondientes a aquellos procedimientos a los que voluntariamente decida suscribirse”. Aquí entra en juego el segundo paso: utilizando el DEH el interesado podrá seleccionar los diferentes procedimientos, habilitados por la Administración, para recibir notificaciones vía telemática; en el caso de las sociedades será obligatorio estar dado de alta en Hacienda y Seguridad Social.
Por último -el tercer paso-, el contribuyente podrá consultar las notificaciones en el buzón asociado a la Dirección Electrónica Habilitada proporcionada. “O aquella de terceros a las que haya sido autorizada”.
Cambio de mentalidad
Según Alberto Ara, uno de los problemas que tienen las notificaciones 060 para autónomos, sobre todos para aquellos que tienen una sociedad, es el “cambio de mentalidad. La gente está muy acostumbrada a que las notificaciones se las haga el cartero”.
Ara aseguró que es complicado hacerle entender a un autónomo, que lleva años con su S.L, que ahora para estar al tanto de las notificaciones con Hacienda y Seguridad Social, “tienen que hacerse un certificado electrónico, con todos los pasos que conlleva, para registrarse en una página web y estar pendiente asiduamente”.
En relación a esto, Ara contó dos casos, “de los muchos que me llegan”, derivados de tener y no tener las notificaciones 060. Uno de ellos fue el de un trabajador por cuenta propia, que estaba registrado en el sistema y que le llegó una notificación sobre un requerimiento de Hacienda. Pero estaba de vacaciones y se le olvidó revisarlo. “El requerimiento era sobre por qué estaba haciendo retenciones de una forma a un trabajado, pero al no darse cuenta de la notificación tuvo que pagar una sanción de 112,5 euros” dijo Ara.
Razón, por la que recomienda siempre a sus clientes autónomos “estar atentos siempre. Y por lo menos entrar al buzón de notificaciones una vez a la semana”. Las sanciones que puede llegar a sufrir un trabajador por cuenta propia por no estar al tanto de las notificaciones electrónicas varían en función de la propia alerta, “no es lo mismo el reclamo del IVA, que la aclaración de un dato, etc” apuntó.
Otro de los casos, fue el del dueño de una inmobiliaria que no estaba trabajando con las notificaciones 060. Este autónomo tenía una serie de gastos que Hacienda decía que no estaban correctamente justificados. Hacienda le pidió que los justificase y “pasado un tiempo -normalmente suelen ser 10 días- entendió que se había notificado, por lo que el trabajador tuvo que pagar los 33.000 de IVA no justificados más la sanción”. Le impusieron, explicó el abogado, una sanción que equivalía a la mitad de la cifra, pero que “por buena fe, la dejaron en un 30%”.
FUENTE: Diario Autónomos y Emprendedores