¿Qué es la prestación contributiva y el pago único o lo que comúnmente denominamos la capitalización del Paro?
Según nos indica el Servicio Público Estatal, es una medida de fomento de empleo que lo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador en cooperativas o sociedades laborales o mercantiles en funcionamiento o de nueva creación.
Como veis, se habla de que es una medida de fomento de empleo, con esto lo que queremos haceros ver es que no se trata de ninguna ayuda o subvención, si bien es una medida que sin lugar a dudas puede ayudar a la puesta en marcha de muchos negocios.
¿Y qué requisitos se deben cumplir básicamente para tener derecho a esta medida?
– En primer lugar, tenemos que tener reconocida una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral. Es decir, tenemos que tener derecho a cobrar paro. Es importante que sepamos cuándo se tiene derecho a paro, y en ese sentido tenemos que saber que la prestación por desempleo de nivel contributivo se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo.
– Hay que tener al menos tres meses de prestación pendientes de recibir.
– No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud.
– Que la actividad que se va a desarrollar sea:
Actividad profesional o empresarial bajo la figura de empresario
Constitución o incorporación a una cooperativa o sociedad individual (empresario individual o asociación de empresarios individuales a través de sociedades civiles o figuras similares).
laboral o mercantil.
– Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
Por lo general, se puede capitalizar hasta un 60% de la cuantía en concepto de inversión, y el 40% puede usarse para el abono de cuotas de la seguridad social. Los menores de 30, las mujeres menores de 35 y los discapacitados con minusvalías reconocidas superiores a un 33% pueden incrementar el porcentaje destinado a la inversión hasta un 100%.
Cuando un emprendedor plantea un proyecto en un plan de empresa, puede llegar a establecer como recurso propio está prestación, ya que una vez que tiene reconocido el derecho, el pago único no es un trámite difícil de conseguir, eso favorece enormemente la búsqueda de financiación ajena.
Una de las preguntas más habituales es conocer si se tiene derecho a seguir cobrando la prestación en caso de cese de actividad económica, la regla general nos marca que existe un plazo de dos años desde el alta en el RETA para poder optar a reanudar el cobro de la prestación en caso de cese de negocio.
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