A continuación, analizamos las opciones que pueden contemplar aquellos nuevos autónomos que al darse de alta en el RETA inician una situación de pluriactividad.
¿En qué consiste la pluriactividad? En cotizar en más de un régimen de la Seguridad Social a la vez.
OPCIÓN A
Acceder a la tarifa plana. Para ello es necesario que, o bien se trate de un alta inicial, o que hayan transcurrido 2 años desde la última baja en el RETA o 3 años desde la última baja del RETA si en la última alta hubiera disfrutado de bonificaciones o reducciones.
Las cifras en el caso de que optemos por la base mínima de cotización -944,40 €- serían:
- 12 primeros meses 60,00 €/ mes.
- 6 meses siguientes 141,65 € / mes.
- 6 meses siguientes o 18 meses para mujeres menores de 35 y hombres menores de 30 años 198,31 € / mes
- Siguientes 283,30 € / mes.
En los mismos supuestos anteriores si se tratara de una persona víctima de violencia de género o de terrorismo, o con discapacidad igual o superior al 33%, los tramos serían:
- 12 primeros meses 60,00 € / mes.
- 36 meses siguientes 141,65 € / mes.
- Siguientes 283,30 € / mes.
En el caso de que el autónomo se dé de alta en un municipio de menos de 5.000 habitantes el segundo año también pagará la tarifa plana de 60 € / mes y luego seguiría con el tramo que correspondiera después de los 24 meses de tarifa plana.
El Gobierno de La Rioja ha lanzado la ayuda Tarifa Plana Autónomos para prolongar la tarifa plana otro año más en La Rioja, con lo cual primero el autónomo abonaría el segundo año las cifras que le correspondieran y, a posteriori, el Gobierno de La Rioja le devolvería la diferencia entre lo pagado y los 60 € de tarifa plana.
OPCIÓN B
En el caso de que el autónomo accediera a una situación de pluriactividad dándose de alta por primera vez en el RETA, compatibilizando dicha alta con una jornada a tiempo completo o parcial superior al 50% en Régimen General, podrá optar a las siguientes bases mínimas de cotización:
- Si la jornada es a tiempo completo.
- 18 primeros meses, 50% de la base mínima de cotización.
- 18 meses siguientes, 75% de la base mínima de cotización.
- Si la jornada fuera a tiempo parcial superior al 50% .
- 18 primeros meses, 75% de la base mínima de cotización.
- 18 meses siguientes, 85% de la base mínima de cotización.
Para calcular lo que pagaría el autónomo aplicaríamos al resultado un 30%.
OPCIÓN C
Si el autónomo en situación de pluriactividad cotiza en 2019 una cifra superior a 13.822,06 € (computan tanto las cotizaciones del RETA como las aportaciones empresariales y las suyas en Régimen General) una cifra igual o superior a 13.822,06 € tendrán derecho a una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la mencionada cuantía, con un máximo del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes.
Esta devolución será ingresada automáticamente por Seguridad Social antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente.
Las opciones A, B y C son incompatibles entre sí, pero la C se aplicará una vez que la A o la B dejen de tener efecto.
Emprendedor, ¿deseas darte de alta y vas a acceder a una situación de pluriactividad? En Emprenderioja te ayudamos a decantarte por la opción que más te beneficie. Consúltanos en emprenderioja@larioja.org