Soy emprendedor y tengo entendido que existen unas reducciones en el pago de autónomos…La respuesta es sí, aunque no todos los emprendedores se van a poder beneficiar de estos conocidos incentivos.
Hola a todos, en el artículo de hoy vamos a hablaros de las cotizaciones a la seguridad social en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, en adelante RETA.
En primer lugar exponer que la mayoría de los emprendedores van a estar encuadrados en el RETA, y en segundo lugar deciros cuáles son las principales características del RETA, pues una de las primeras y más importantes es que el propio emprendedor va a poder elegir su propia base de cotización, la cuál va a estar situada entre 875,70 € y la máxima que asciende a 3.597€ (que son las bases mínimas y máximas para este 2014). En realidad esta libertad de elección es para todos aquellos menores de 48 años, ya que desde hace un tiempo la seguridad social obliga a los mayores de 48 a incrementar esta base mínima año a año.
Otra de las características de este sistema es que la persona también va a poder elegir su tipo de cotización, en función de las coberturas a las que se quiera acoger, con incapacidad temporal (I.T.), sin incapacidad temporal (esto es solo para todos aquellos que están cotizando ya por I.T. en otro régimen), con cobertura para accidentes de trabajo y desempleo…
Pero sin duda en los últimos tiempos, la pregunta que suelen realizarnos en el servicio de asesoramiento integral de Emprenderioja los emprendedores, es acerca de las bonificaciones/ reducciones que existen para este régimen. La verdad es que esta medida adoptada el año pasado, inicialmente para los jóvenes menores de 30 años y las mujeres de 35, pero que luego fue adaptada (no con las mismas condiciones) a cualquier emprendedor (mayores de 30) ha sido un fuerte espaldarazo y apoyo en el proceso de creación de empresas…si bien, como todo en esta vida, podría ser mejorable…ya que dicha medida está sujeta al cumplimiento de ciertos requisitos, que trae consigo que los mismos no sean aplicables en todos los casos.
Entrando un poco a fondo en estos incentivos de la seguridad social (para conocerlos detalladamente PINCHA AQUÍ) para los trabajadores por cuenta propia, podríamos decir en resumen, que los Menores de 30 años, tienen unas bonificaciones/reducciones, que duran 30 meses y que son:
• 6 meses (80%)
• 6 meses (50%)
• 18 meses (30%)
Y los mayores de 30 años, obtendrían unas bonificaciones/reducciones durante 18 meses que son:
• 6 meses (80%)
• 6 meses (50%)
• 6 meses (30%)
La verdad es que es un apoyo importante, para cualquier emprendedor que inicia su actividad.
Pero lo importante de este artículo no es tanto exponer las bonificaciones/reducciones, si no explicar los requisitos que se deben cumplir, porque no todos los emprendedores lamentablemente pueden acogerse a todos estos incentivos. En primer lugar debéis conocer que uno de los requisitos es no haber estado encuadrado en el régimen especial de trabajadores autónomos durante los cinco años anteriores al alta. También limita la libertad de contratar, si eres emprendedor y piensas crear empleo debes saber que no podrás optar a estos incentivos, y por otro lado, tienes que saber que tampoco podrás ser administrador de entidad mercantil…dicho en otras palabras, tendrás que ser empresario individual…
Por todo ello, tendremos que saber que estos incentivos se configuran como otro factor importante a tener en cuenta a la hora de configurar mi proyecto empresarial.
Esperando que esta información sea de tu interés, ¡hasta pronto!
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