Desde Fundación ONCE se activa la CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES CON DISCAPACIDAD INSCRITOS EN EL SISTEMA DE GARANTÍA JUVENIL , que implicará ayudas y subvenciones directas que podrán llegar al 80 % del coste salarial.
Los objetivos esenciales de la convocatoria son:
– Ofrecer oportunidades laborales a jóvenes desempleados con discapacidad.
– Proporcionar una experiencia laboral a los jóvenes con discapacidad que los dote de las habilidades necesarias para aumentar sus posibilidades de inserción laboral.
– Transmitir el compromiso de las empresas participantes.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA: Concesión de ayudas a empresas/empleadores (personas físicas o jurídicas) que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, tengan entre sus planes la ampliación de su plantilla a través de la contratación de personas jóvenes con discapacidad inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
TIPO DE ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán ser seleccionadas como beneficiarias de las presentes ayudas aquellas empresas y empleadores, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén legalmente establecidos en España y que procedan a incluir en sus plantillas a jóvenes con discapacidad inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Se excluyen como posibles entidades beneficiarias de las presentes ayudas a los entes del sector público estatal, autonómico y local.
COLECTIVO DE TRABAJADORES OBJETIVO DE LA AYUDA: Los destinatarios últimos de las ayudas recogidas en la convocatoria deben cumplir con los siguientes requisitos:
– Tener una discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
– Personas jóvenes que en el momento de la formalización del contrato objeto de ayuda por la presente convocatoria, tenga una edad comprendida entre los 16 y los 29 años (ambos incluidos).
– Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de manera previa a la formalización del contrato.
TIPOS DE CONTRATOS SUBVENCIONADOS:
Las tipologías de las contrataciones objeto de las ayudas y sus particularidades son las siguientes:
TIPOLOGIAS
– Contratos indefinidos a tiempo parcial o completo, con un período mínimo de permanencia en la entidad beneficiaria de seis meses.
– Contratos temporales a tiempo completo o parcial, con un período mínimo de permanencia de seis meses.
– Contratos para la formación y el aprendizaje, con una duración mínima de un año. Esta modalidad contractual se configura como un instrumento destinado a favorecer la cualificación profesional de las personas jóvenes, en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
Particularidades
– Contratos indefinidos a tiempo completo o parcial: ayudas hasta de dieciocho meses a la contratación de un joven con discapacidad con contrato indefinido, con un período mínimo de permanencia de seis meses para tener derecho a cobrar la ayuda.
Las tipologías de contratos indefinidos serán las aplicables a las personas con discapacidad, es decir, contrato indefinido con las cláusulas específicas de personas con discapacidad, contrato indefinido con las cláusulas específicas de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y contrato indefinido con las cláusulas específicas de personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales.
– Contratos temporales a tiempo completo o parcial: ayudas de hasta doce meses a la contratación de un joven con discapacidad con contrato temporal, con un período mínimo de permanencia de seis meses para tener derecho a cobrar la ayuda.
– Contratos para la formación y el aprendizaje: ayudas de hasta dieciocho meses a la contratación de un joven con discapacidad con un contrato para la formación y el aprendizaje. La duración mínima del contrato será de un año, tal y como recoge la normativa aplicable, si bien la empresa tendrá derecho a cobrar la ayuda siempre y cuando el contrato laboral se mantenga durante un mínimo de seis meses y la finalización del mismo se deba a causas ajenas a la empresa.
El contrato deberá ser debidamente comunicado al Servicio Público de Empleo y estar formalizado en los modelos estandarizados establecidos por este.
Así mismo, el alta en la Seguridad Social deberá realizarse en el grupo de cotización de acuerdo a la categoría profesional requerida para el puesto de trabajo.
IMPORTES DE LAS AYUDAS: La empresa beneficiaria de la convocatoria percibirá una cuantía por cada contratación realizada en los términos previstos en la presente convocatoria en los siguientes términos:
La cuantía mensual de la ayuda por cada nuevo trabajador contratado será igual al 80% de las retribuciones brutas pactadas con la empresa o establecidas en el convenio colectivo.
Se incluyen en este concepto las percepciones salariales siguientes: el salario base, los complementos por conocimientos especiales, turnicidad, nocturnidad, penosidad u otros complementos derivados de la actividad, las pagas extraordinarias, los incentivos a la producción, las horas extraordinarias, los complementos de residencia así como plus de distancia y transporte abonados por la empresa a los trabajadores a los efectos de minorar o sufragar su desplazamiento hasta el centro de trabajo habitual
COSTES SUBVENCIONABLES: serán las retribuciones brutas de la persona contratada al amparo de la convocatoria, pactadas con la empresa o establecidas en el convenio colectivo. Se incluyen en este concepto las percepciones salariales siguientes: el salario base, los complementos por conocimientos especiales, turnicidad, nocturnidad, penosidad u otros complementos derivados de la actividad, las pagas extraordinarias, los incentivos a la producción, las horas extraordinarias, los complementos de residencia así como plus de distancia y transporte abonados por la empresa a los trabajadores a los efectos de minorar o sufragar su desplazamiento hasta el centro de trabajo habitual.
Así mismo, se considera como importe elegible el coste de la indemnización derivada de la finalización del contrato en los términos previstos en el mismo.
PERÍODO DE EJECUCIÓN: Será subvencionable con cargo a la convocatoria el gasto derivado de las contrataciones realizadas desde el 1 de enero de 2017, siempre y cuando los destinatarios últimos de las ayudas, los trabajadores, cumplan los requisitos establecidos en el apartado 6 de la presente convocatoria en el momento de la firma del contrato laboral.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Será desde el día siguiente a su publicación (25 de mayo de 2017) y hasta que quede comprometido la totalidad del presupuesto asignado.
PROCESO DE REVISIÓN DE LAS SOLICITUDES Y RESOLUCIÓN: Las solicitudes de ayuda serán tratadas por orden de llegada a la dirección de correo electrónico ped@fundaciononce.es, puesta a disposición de las entidades para la solicitud de las ayudas sin necesidad de tener que agotar el plazo establecido para la presentación de solicitudes.
La entidad solicitante tendrá acceso a la ayuda solicitada siempre que cumpla con los requisitos exigidos en la presente convocatoria y siempre y cuando haya crédito disponible.
NORMATIVA DE APLICACIÓN: La presentación de las solicitudes implicará que las empresas y las entidades candidatas aceptan incondicionalmente el contenido de la convocatoria, de sus anexos y de la totalidad de la documentación que revista carácter obligacional, sin excepción o reserva.
Esperamos que este proyecto suponga una excelente oportunidad para los EMPRESARIOS RIOJANOS y para que muchos jóvenes que se encuentran inscritos en la bolsa de empleo de Inserta – Fundación ONCE puedan encontrar un empleo y poner todo su talento al servicio de vuestra empresa, quedamos a vuestra disposición para facilitaros candidatos potenciales con discapacidad cuyas capacidades y competencias se podrían ajustar a los valores de vuestra empresa, y que cuentan además con criterios y requisitos establecidos en la convocatoria para poder percibir la ayuda.
Más información: http://www.fundaciononce.es/es/pagina/primer-empleo-personas-con-discapacidad-programa-operativo-del-fondo-social-europeo-de-empleo