INCOTERMS ® 2020, NOVEDADES (II)

Continuamos con el repaso de las novedades que incorporan las reglas Incoterms ® 2020 respecto a los Incoterms ® 2010. Recomendamos la consulta a nuestro artículo “INCOTERMS ® 2020, NOVEDADES (I):

 

  • Cambio en las tres iniciales de DAT a DPU.

Partíamos de dos reglas Incoterms® 2010 DAT (Delivered at Terminal) y DAP (Delivered at Place). En la primera la entrega se producía una vez que la mercancía era descargada de los medios de transporte de llegada en una “terminal” definida de forma amplia. En el DAP la entrega se producía cuando el vendedor ponía a disposición del comprador la mercancía en los medios de transporte de llegada para la descarga: es decir la entrega en el DAP es anterior a la descarga.

Los cambios que introduce a este respecto la Cámara de Comercio Internacional son:

  • En la nueva versión el DAP aparece antes que el DAT.
  • El DAT cambia a DPU (Delivered at Place Unloaded, Entregada en Lugar Descargada). Se señala así el hecho de que el lugar de destino puede ser cualquiera y no solo una “terminal” en sentido estricto. Ahora bien, si el lugar pactado no es una “terminal”, el vendedor deberá asegurarse de que efectivamente podrá descargar en él.

 

  • Inclusión de requisitos relacionados con la seguridad en las obligaciones y costos de transporte.

En este siglo XXI se ha incrementado notablemente la inquietud por la seguridad, lo que ha derivado en unas prácticas relativas al transporte para salvaguardarla.

 

En la nueva edición 2020, los Incoterms ® recogen en los apartados A4 y B4 de cada regla la asignación expresa de las obligaciones relacionadas con la seguridad en el transporte, recopiladas también en los apartados A9 y B9.

 

  • Notas explicativas para los usuarios.

Las Notas de orientación del 2010 se convierten en Notas explicativas en 2020. Recogen los siguientes aspectos de cada regla Incoterms ® 2020:

  • Cuándo debería utilizarse.
  • Cuándo se transmite el riesgo.
  • Cómo se reparten los costos entre empresas vendedoras y compradoras.

El propósito de estas notas es:

  • Orientar al usuario sobre la elección correcta de la regla Incoterms ® adecuada para cada operación.
  • Proporcionar, a quienes deciden o aconsejan sobre litigios o desavenencias relativos a contratos regidos por Incoterms ® 2020, una guía sobre cuestiones que necesiten interpretación.

 

ALGUNAS RECOMENDACIONES FINALES.

A continuación, recogemos las siguientes recomendaciones relativas al uso de los Incoterms ® 2020:

  • Es recomendable indicar en nuestros contratos de compra-venta o facturas proforma las siguientes menciones:
    • Delivery Terms: …. El Incoterms ® de que se trate.
    • Place of Delivery: …. Recoger el lugar de forma expresa.
  • En el caso de que las partes decidan alterar una regla Incoterms ® es recomendable dejar extremadamente claro en el contrato el efecto deseado de tales alteraciones, especialmente en lo que al lugar de entrega y transmisión del riesgo se refiere.

 

¡Consulta tus dudas sobre Incoterms ® 2020 en emprenderioja@larioja.org!

 

 

 

 

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