Los autónomos y el uso de contratos de formación y aprendizaje

Este tipo de contrataciones generan sinergias entre el autónomo y el joven empleado, al margan de incentivos de la Seguridad Social

Rocío González – 24/06/2019

El contrato de formación y aprendizaje es una fórmula permitida por los Servicios Públicos de Empleo, que tiene el objetivo de favorecer la inserción de los más jóvenes, en determinadas profesiones. Para el autónomo es también una buena oportunidad. Va a invertir tiempo en dicha formación, pero también contará con un apoyo y asistencia en época vacacional. Además, puede convertirse en un aprendizaje mutuo. El autónomo podrá también descubrir nuevas tendencias, fruto de los renovados conocimientos que el joven acaba de adquirir y que pondrá en práctica en su nueva etapa laboral.

Claves para este tipo de contratación

Los contratos para la formación y el aprendizaje se sustentan en facilitar la inserción laboral de los jóvenes. En ese sentido lo que pretenden es cualificarles a nivel profesional alternando su actividad laboral con la actividad de formación por parte de la empresa.

A nivel formativo, este tipo de contratos se basa en el sistema de formación profesional para el empleo, es decir, los certificados de profesionalidad, o aquella formación que proviene del sistema educativo, o sea, del título de Formación Profesional.

Para formalizar este tipo de contratos la persona elegida debe tener entre 16 y 25 años. No obstante, no hay límite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.

El contrato deberá tener una duración mínima de un año y un máximo de 3 años, mientras que el salario debe ser no inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Beneficios para la empresa

Por su parte, la empresa obtendrá una reducción de las cuotas empresariales al 100% si tiene menos de 250 trabajadores. Aquellas que tengan más de 250 empleados obtendrán bonificaciones del 75%.

Aparte se recibirán bonificaciones adicionales para financiar los costes de tutorización de la empresa. En este sentido, la cuantía máxima para la bonificación es de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En empresas de menos de 5 trabajadores la cuantía máxima podrá ser de 2 euros por alumno y hora de tutoría.

FUENTE: Periódico Cinco Días

 

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