LA HOJA DE RUTA EN LA CAPITALIZACIÓN Y COMPATIBILIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Cuando vamos a emprender una actividad por cuenta propia debemos comprobar si tenemos opción de gestionar nuestra prestación por desempleo mediante dos vías alternativas:

  • Capitalización o pago único.
  • Compatibilización.

En ambos casos debemos prestar atención a los plazos y a la hoja de ruta (orden y secuencia de los pasos que debemos dar). Repasamos a continuación estos aspectos:

CAPITALIZACIÓN

  1. ¿Cumplo los requisitos? Podemos comprobar este punto en el siguiente enlace.
  2. Solicitar la capitalización en el Servicio de Capitalización del SEPE que nos corresponda en base a nuestra afiliación a la Seguridad Social.
  3. En dicha solicitud se incorporarán, entre otros documentos:
    • Solicitud de Capitalización en una de las siguientes modalidades: abono único, subvención de cuotas o modalidad mixta. Debemos tener en cuenta que, si optamos por alguna de las dos primeras modalidades exclusivamente, no podrá solicitarse con posterioridad al inicio de la actividad la otra modalidad. Por tanto es importante leer detenidamente, antes de rellenar los apartados, las instrucciones de cumplimentación de la solicitud en el siguiente enlace.
    • Memoria del proyecto.
    • Memoria de inversión, a la que se adjuntarán las facturas proformas a nombre del emprendedor.

Existe un contenido mínimo para estas dos memorias que se puede consultar aquí.

  1. Una vez que se admita (nos debemos asegurar de que está todo ok y de que tenemos el visto bueno para proceder a nuestra alta) la solicitud de Capitalización del Desempleo (para inversiones, cuotas o modalidad mixta) procederemos a darnos de alta y a aportar la documentación correspondiente justificando dicha alta (Alta en Hacienda y Seguridad Social). El plazo de presentación de la documentación de alta es de 1 mes desde la fecha de solicitud de Capitalización. Se recomienda presentar estas documentaciones a principios de mes para que el abono no se retrase por las cadencias de los pagos (días 10).
  2. El SEPE resolverá y abonará (el día 10 del mes siguiente a la resolución) el importe de las inversiones presupuestadas.
  3. A partir de esta resolución el emprendedor dispone de 1 mes de plazo para presentar la justificación de realización de inversión (siempre a través de transferencia). También deberá presentar un justificante del pago de un recibo completo del pago de autónomos.
  4. En caso de que la inversión real sea inferior a la prevista se emitirá un requerimiento por parte del SEPE. En este caso podemos incluir en nuestra justificación otras inversiones de fechas aproximadas, aunque no hubieran sido estimadas en la memoria de inversiones. Si no conseguimos justificar el importe completo deberemos devolver al SEPE la diferencia.
  5. A partir de la justificación de la inversión se activará la cobertura de las cuotas mensuales de seguridad social. El SEPE procederá mensualmente al abono completo de la cuota, independientemente de que el emprendedor se haya acogido o no a tarifa plana.

NOTA: En el caso de sociedades los expedientes de capitalización de los distintos socios serán independientes entre sí y llevarán sus propios plazos.

 COMPATIBILIZACIÓN

  1. ¿Cumplo los requisitos? Podemos comprobar este punto en el siguiente enlace.
  2. Nos damos de alta.
  3. En el plazo improrrogable de 15 días desde nuestra alta solicitamos la compatibilización de nuestra prestación por desempleo en nuestra oficina del INEM. Es importante que conservemos un justificante de dicha solicitud y que nos aseguremos de que hemos completado el proceso correctamente.

¡En Emprenderioja te ayudamos a resolver tus dudas sobre capitalización y compatibilización! Consúltanos en emprenderioja@larioja.org

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

No te pierdas nada sobre EmprendeRioja

Si quieres estar informado de todas nuestras novedades e iniciativas suscríbete a nuestra newsletter.