AYUDAS PARA CONTRATAR A PERSONAL EN LA RIOJA

En un artículo anterior ya recopilamos las ayudas que puede recibir una empresa o emprendedor que desea contratar personal en La Rioja. Procedemos a actualizar la información.

A continuación, un esquema resumen:

APOYOS COMUNES A TODAS LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS ESPAÑOLAS

a) Bonificaciones y Reducciones de la Seguridad Social. Se pueden consultar en el siguiente enlace.

b) Apoyos de fundaciones o instituciones privadas nacionales, como es el ejemplo de PROGRAMA “LA CAIXA” EMPLEO JOVEN

NOTA: a) y b) son compatibles entre sí y los apoyos b) están sometidos a mínimis (su origen es Fondo Social Europeo); b) sólo es compatible con las bonificaciones de Seguridad Social, no lo es con ninguna otra ayuda.

APOYOS ESPECÍFICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

c) Apoyos contemplados en Líneas ADER (Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja). Distinguimos dos tipos:

SUBVENCIONES

  1. Línea EJ para empresa Joven e Innovadora.
  2. Línea EMP para Emprendedores.
  3. Línea PEC para Proyectos de Comercio Exterior.
  4. Línea PEG para Consorcios o Proyectos Agrupados de Comercio Exterior.
  5. Línea DTD Promoción del Diseño.
  6. Línea IDD Proyectos de I+D.
  7. Línea IGE Estructuras de Gestión.
  8. Línea TIC para Estructuras y Sistemas.
  9. Línea SEG Seguridad Industrial.
  10. Línea CL Clústeres. Apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras.

MEJORAS EN LOS PORCENTAJES DE SUBVENCIÓN POR EL HECHO DE CONTRATAR PERSONAL

  1. Línea Agenda Fortalecimiento Empresarial.
  2. Línea POL Adquisición de suelo en polígonos industriales.
  3. Línea AFI Inversión para competitividad de PYMES.
  4. Línea INT Proyectos intensivos en inversión o creación de empleo.
  5. Línea IA Industrias Agroalimentarias.
  6. Línea IP Pesca e Industria Acuícola.

d) Programas CHEQUE JOVEN y CHEQUE SENIOR del Gobierno de La Rioja.

e) Ayudas a la contratación de personas con discapacidad.

NOTA: a) es compatible con todas las ayudas; c), d) y e) son compatibles entre sí. Si sumamos c) + d) habrá que tener en cuenta en no superar los máximos indicados en bases reguladoras de c). En el caso de aplicar e) el total de ayudas, incluidas bonificaciones en Seguridad Social, no podrá superar el 60% del coste de la contratación de la persona con discapacidad.

A continuación, profundizamos en alguna de las ayudas que hemos mencionado:

PROGRAMA “LA CAIXA” EMPLEO JOVEN

Ofrece ayudas a las empresas que contraten a jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Cumplir los requisitos y estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil previamente a la formalización del contrato.
  • Tener entre 16 y 29 años (inclusive) en el momento de la contratación.
  • No haber trabajado el día natural anterior al del inicio del contrato objeto de subvención. Este requisito no aplica cuando en el momento de formalización del contrato el joven se encuentra en el periodo de 4 meses desde la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Las ayudas son de dos tipos:

  • Contratos indefinidos a tiempo completo con un periodo mínimo de permanencia de 6 meses. La ayuda será de 800 € / mes, con un máximo de 9.600 € para 12 meses.
  • Contratos temporales, también con un periodo mínimo de 6 meses. En este caso la ayuda mensual será de 700 € / mes, 4.200 € para los 6 meses.

Para jóvenes con una discapacidad igual o superior al 33% en el momento de su registro en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil se podrán solicitar ayudas para contratos a tiempo parcial (mínimo de 50% de la jornada completa). En estos casos el importe de las ayudas será del 50% de lo que correspondería según el tipo de contrato.

Cada empresa podrá solicitar ayudas por hasta 10 jóvenes.

Las solicitudes deberán tramitarse en el plazo máximo de 3 meses a partir de la fecha de inicio de contrato y siempre dentro del plazo establecido en la convocatoria. En este momento está abierta desde el 18 de noviembre de 2018 hasta el 15 de marzo de 2022. La duración mínima de los contratos se computará a partir de la fecha de formalización.

Este programa está cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la Fundación bancaria “La Caixa”.

APOYOS AUTONÓMICOS A LA CONTRATACIÓN EN LA RIOJA

Líneas ADER. Algunos ejemplos de ayudas ADER a la contratación:

Si tu empresa tiene la condición de ser, en La Rioja, Joven e Innovadora puede a acceder a ayudas de hasta el 50% de los costes de personal (investigadores, técnicos y personal auxiliar) en sus 5 primeros años de vida en el marco de la línea EJ de ADER (Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja), siempre que se cumplan los requisitos y protocolos especificados en sus bases reguladoras.

En la línea EMP (Emprendedores) también de ADER se contempla, para las empresas beneficiarias de programas de incubación de ADER (Vivero y Aceleradora de Empresas), una ayuda de un módulo de 500 € mensuales por cada contrato laboral a tiempo completo suscrito con posterioridad a la presentación de la solicitud, con personas que no formen parte del equipo promotor ni tengan relación de consanguinidad o afinidad con éste hasta el segundo grado y que se encuentren incluidas en cuentas de cotización de La Rioja. Si el contrato fuera a tiempo parcial se calcularía el módulo proporcionalmente. Cuantía máxima de la ayuda: 1.000 € / mes durante dos años, siempre que durante dicho periodo la empresa fuera beneficiaria de los programas de incubación de la Agencia de Desarrollo Económicos de La Rioja.

La línea ADER para Proyectos de Comercio Exterior ofrece una ayuda del 50% para la contratación de técnicos de Comercio Exterior, con un límite de subvención de 20.000 €. En la línea DTD de Diseño la contratación de un tecnólogo también está subvencionada al 50%. En el caso de la línea IGE, en la contratación de expertos en gestión avanzada y/o tecnólogos podemos llegar al 80% de subvención para responsables de I+D o de Innovación -70%-y si el contratado es doctor en el momento de la contratación -10% adicional-.

Otras ayudas autonómicas del Gobierno de La Rioja a la contratación son:

  • EL CHEQUE JOVEN. Es un incentivo para la contratación de jóvenes menores de 30 años. La duración mínima del contrato para ser objeto de subvención será de doce meses, hasta un máximo de veinticuatro meses.

El joven que se contrata debe estar dado de alta en el programa Cheque Joven, para lo que debe de cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, o ser ciudadano de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo que se encuentre en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

b) Ser mayor de 16 años (16 años y un día) y menor de 30 años (29 años y 364 días).

c) No estar cursando formación reglada.

d) Hallarse inactivo o estar desempleado.

e) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.»

f) Acreditar inscripción en el programa “Cheque Joven”, siguiendo los protocolos establecidos en el Orden reguladora.

La cuantía de subvención depende del Grupo de Cotización al que se adscriba al trabajador en el contrato y ascendería a los siguientes importes –cuando la contratación sea a tiempo parcial la ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada realizada-:

 

GRUPO DE COTIZACIÓN 12 MESES 24 MESES
1 3.750 € 7.500 €
2 3.250 € 6.500 €
3 2.750 € 5.500 €
4 A 11 2.000 € 4.000 €

 

  • CHEQUE SENIOR. Es un incentivo para la contratación de mayores de 45 años. La duración mínima del contrato para ser objeto de subvención será de doce meses, hasta un máximo de veinticuatro meses.

Se establece asimismo un incentivo económico, que se sumará a la subvención máxima concedida, si el contrato subvencionado es indefinido, o se convierte en indefinido una vez cumplidos los primeros 24 meses, y se mantiene como tal de forma ininterrumpida hasta cumplir los 36 meses de antigüedad.

La persona contratada debe acreditar:

a) Tener más de 45 años en el momento de solicitar su incorporación al Programa Cheque Senior.

b) Estar desempleado e inscrito en las oficinas de empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

c) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.

d) Acreditar inscripción en el programa Cheque Senior cumpliendo los protocolos establecidos en la orden reguladora.

La cuantía de subvención depende del Grupo de Cotización al que se adscriba al trabajador en el contrato y ascendería a los siguientes importes –cuando la contratación sea a tiempo parcial la ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada realizada-:

GRUPO DE COTIZACIÓN 12 MESES 12 + 12 MESES O 24 MESES Transformación en indefinido a partir de 24 meses con permanencia mínimo de hasta 36 MESES
1 4.500 € 9.000 € +5.000 €
2 4.000 € 8.000 € +4.500 €
3 3.500 € 7.000 € +4.000 €
4 A 11 3.000 € 6.000 € +3.500 €

Tanto en el Cheque Joven como en el Cheque Senior las ayudas se abonan por semestres vencidos.

En ambos La empresa beneficiaria debe, por su parte:

a) Estar dada de alta en una actividad económica.

b) Tener el centro de trabajo donde se vaya a desarrollar el puesto de trabajo objeto de la subvención ubicado en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Así mismo, deberán cumplir en el momento de la solicitud los requisitos previstos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 26 de febrero y los previstos en la Orden reguladora del Cheque Joven.

c) No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas empresas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias a las que se hace referencia el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Como exclusiones indicamos:

a) Las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o en otras disposiciones legales.

b) Las contrataciones de trabajadores para prestar servicios en otras empresas a través de contratos de puesta a disposición.

c) Las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas o entidades solicitantes.

No será́ de aplicación esta exclusión cuando:

– El empleador sea un trabajador autónomo que contrate como trabajador por cuenta ajena a los hijos tanto si conviven o no con él, (Ley 20/2007 de 11 de Julio), o a familiares que no convivan con él o no estén a su cargo.

– Cuando se trate de contrataciones con trabajadores con discapacidad. En este caso la empresa también debe valorar la ayuda del Gobierno de La Rioja para contratación de trabajadores con discapacidad acreditada igual o superior al 33% en contrato indefinido por un mínimo de 3 años, que asciende a 3.907 € más 901,52 € por adaptación al puesto. Esta ayuda es compatible con el Cheque Joven o Cheque Senior, pero sumadas ambas -discapacidad y cheque- en conjunto y añadiendo las bonificaciones de la Seguridad Social el total no podrá superar el 60% del coste de la contratación.

d) La contratación laboral de jóvenes que ostenten la condición de socio.

e) Las contrataciones efectuadas por las Administraciones Públicas, entidades y empresas de ellas dependientes.

f) Las contrataciones de trabajadores que hubiesen prestado servicios con contrato indefinido en la misma empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores a la formalización del contrato.

g) No se podrá conceder esta subvención a las empresas con una plantilla de 50 o más trabajadores que incumplan la obligación de reserva de cuota del 2% de trabajadores discapacitados, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

h) Tampoco a las empresas que hubiesen planteado un expediente de regulación de empleo de extinción en el año inmediatamente anterior.

i) Ni a las empresas que hubiesen sido sancionadas mediante resolución firme de la autoridad laboral por infracción muy grave, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

j) Las contrataciones efectuadas con infracción de la legislación laboral o de Seguridad Social.

Para finalizar dos apuntes:

  • Es necesario analizar la compatibilidad entre las diferentes ayudas, y optar por la alternativa más interesante.
  • La Contratación en el marco de Centros Especiales de Empleo tiene sus propios incentivos en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • En la ciudad de Logroño, la ayuda por creación de microempresas asciende a 4.000 € si la empresa se da de alta con 3 o más trabajadores a jornada completa o autónomos y presenta un plan de empresa (la ayuda estándar es de 2.500 €).

¡En Emprenderioja te asesoramos sobre las ayudas a la contratación en La Rioja!

Escríbenos a emprenderioja@larioja.org

 

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