Voy a adquirir un traspaso de negocio, si existen deudas ¿de cuáles respondo como nuevo empresario?

La opción de adquirir un negocio en traspaso es para muchos emprendedores una oportunidad para continuar con un negocio que puede ser viable y, al mismo tiempo, también es una ventaja para el empresario que traspasa (bien sea por jubilación o por otros motivos), que ve como dan continuidad a su proyecto empresarial.

Si bien es cierto que a la hora de analizar la viabilidad del negocio que se adquiere en traspaso, es cuando asaltan las dudas al emprendedor, ¿y si existen deudas previas? ¿qué riesgos asumo?

Vamos a analizar a groso modo las principales obligaciones que debe comprobar el emprendedor antes de firmar un traspaso;

Obligaciones laborales.-  El cambio de titularidad en los casos de traspaso implican que el nuevo empresario debe subrogarse en los derechos y obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores que estuvieran trabajando en el negocio. Esto es, en caso de existir deudas laborales el nuevo titular responde por ellas, además tiene la obligación de subrogar a los trabajadores manteniendo sus condiciones de salario, categoría y antigüedad que tuvieran reconocidas con el anterior empresario.

Por ello es recomendable conocer de forma previa si existen trabajadores contratados, y si hay deudas laborales.

Obligaciones fiscales.- El Art 42 1) c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece la responsabilidad solidaria  por las obligaciones tributarias contraídas del anterior titular y derivadas de su ejercicio. La responsabilidad también se extenderá a las obligaciones derivadas de la falta de ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta practicadas o que se hubieran debido practicar. De esta manera en caso de que el anterior propietario estando obligado a retener no ingresara tales cantidades en Hacienda, el nuevo titular responderá por ello.

Cuidado con los traspasos que incluyan bienes de inversión,  las posibles regularizaciones que existan en concepto de IVA pueden afectar al nuevo propietario.

Se aconseja que para mayores garantías se solicite al anterior propietario un certificado de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.

Tasas municipales (agua y basuras).- La regla general es que de las deudas generadas por el anterior empresario en concepto de pago de tasas y basuras municipales, responderá el nuevo titular. No obstante las ordenanzas municipales son las que regulan estos pagos y los obligados a ellos. Nos consta que algún Ayuntamiento ha regulado que los pagos de estas tasas se gire directamente al dueño del local, que luego lo repercute al inquilino. Es por tanto recomendable consultar la situación de la empresa en el respectivo Ayuntamiento.

Deudas con el propietario del Local.- Si el anterior empresario tiene deudas con el propietario del local, éstas se dirimirán en sede judicial, pero en ningún caso se reclamarán al nuevo titular.

También es importante analizar la viabilidad del negocio, elaborar un plan de empresa que os permita ver la rentabilidad del mismo, y para ello os podemos ayudar a través de nuestro servicio de creación de empresas de la Federación de Empresas de La Rioja.

Esperamos que esta información os haya servido de utilidad.

Federación de Empresas de La Rioja

 

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