Cuándo deseo exportar vino: Registros a completar en la Agencia Tributaria en relación a impuestos especiales y otros impuestos

¿Deseas abordar una exportación de vino?. ¿Qué registros debes completar en la Agencia Tributaria al respecto?. ¿Qué obligaciones fiscales surgen?.

Distinguimos dos casos:

– Si eres bodega elaboradora deberás completar tu inscripción en el EORI, que es el registro de exportadores e importadores de la Agencia Tributaria. Para operaciones intracomunitarias también deberás estar dada de alta en el VIES, el registro de operadores intracomunitarios también de la Agencia Tributaria.

Asimismo en la Agencia Tributaria deberás obtener un número CAE (Código de Actividad y Establecimiento) de Impuestos Especiales. Este número te autorizará a expedir a otro estado miembro de la UE productos sujetos a Impuestos Especiales en régimen suspensivo. El censo de CAEs se llama SEED/CAE.

Gracias a este CAE podrás cumplimentar el Documento de Acompañamiento Modelo 500 o emitirlo electrónicamente a través de un EMCS (Sistema de Control de Movimientos de Impuestos Especiales), que deberá viajar obligatoriamente con el producto a destino si el envío es intracomunitario, o hasta la aduana de salida si el vino tiene como último destino un tercer país.

Este Documento garantiza la trazabilidad y control de envíos de mercancías sujetas a Impuestos Especiales.

– Si no eres bodega (el caso de empresas distribuidoras) también deberás registrarte en el EORI y VIES. En este caso el Documento de Acompañamiento se tramitará a través del Modelo 503. El Modelo 503 no se puede tramitar electrónicamente. En el caso de que expidieras más de 150.000 litros al trimestre podrías solicitar un CAE, con lo que el Documento de Acompañamiento podría ser tramitado en este caso al igual que en una bodega con CAE (Modelo 500 o EMCS electrónico).

En ambos casos (tanto si eres bodega como si no) el destinatario del vino en una operación intracomunitaria debe ser titular de un CAE, ya sea permanente o temporal.

En el caso de Terceros países el destinatario debe ser poseedor de una Licencia de Importación de Vinos, pero ya nos adentramos en los requisitos específicos de la legislación de ese país…

¡Ah, y todos estos trámites se aplican tanto para envíos cuantiosos como a microenvíos!. ¡Aunque sólo se trate de 1 botella!.

En relación al IVA nos encontramos las siguientes situaciones:

– Cuando la exportación de vino la dirijas a tercer país, la factura debe emitirse sin IVA. Deberá archivarse junto a la factura el correspondiente DUA de Exportación.

Cuando se trata de una operación intracomunitaria con un operador intracomunitario también inscrito en el IVA la factura deberá emitirse sin IVA.

Posteriormente deberás declarar estas operaciones mensualmente –en los veinte primeros días naturales del mes inmediato posterior a la operación– a través del modelo 349. Las declaraciones podrán ser trimestrales cuando ni durante el trimestre de referencia ni en los cuatro trimestres naturales anteriores se haya superado los 50.000 €; o anuales si el importe total de las entregas de bienes o prestaciones de servicios –IVA excluido– no supere los 35.000 € en total o los 15.000 € a un solo estado miembro. Si en un periodo no hay operaciones no hay obligación de presentar el modelo.

Cuando envías vino a un particular con licencia CAE que no está dado de alta en el VIES, deberás cargar en factura el porcentaje de IVA aplicable según la legislación del país de destino. Posteriormente el IVA debe liquidarse en la Hacienda de ese país comunitario en cuestión. Para realizar este tipo de expediciones hay que informarse sobre los requisitos en la Hacienda de cada país de destino.

Además del modelo 349, las empresas que superen en el año el importe de 400.000 € de entregas intracomunitarias o de adquisiciones intracomunitarias, están obligadas a presentar mensualmente la Declaración Intrastat.

… (Continuará)…

Comentarios

  1. Angel Vinopremier  (23/02/2016 - 09:32)

    Muy interesante, muchas gracias por compartirlo

    Vinopremier

    • kon  (03/03/2018 - 09:21)

      todo muy claro, estoy muy agradecido, y el lunes a las 12 , lo estaré mucho mas.

  2. Eneko  (05/05/2016 - 11:04)

    Tengo una consulta en relación a este tema.
    Una empresa distribuidora que ya ha pagado los impuestos especiales en origen desea exportar vino a un tercer país (Suiza).
    ¿Con que documento de acompañamiento debería viajar esa mercancía?
    Deduzco que sería con un 503 ya que a pesar de que el destino final de la mercancía no es un país comunitario (Suiza) si que transita por uno (Francia) y dado que los impuestos ya han sido pagados no podría viajar en Régimen Suspensivo con un EMCS.
    Espero vuestra respuesta.

  3. Alvaro  (05/05/2016 - 21:11)

    ¿Es necesario para exportar vino desde España a UK obtener un número CAE o similar ?

    • admin  (10/05/2016 - 10:54)

      Hola Álvaro,

      pasamos tu consulta a una de nuestros técnicos para que se ponga en contacto contigo y te ayude a resolver tu duda.

      Saludos, Emprenderioja

  4. ANGEL MARTINEZ  (14/03/2017 - 17:38)

    Para exportar cerveza a Suiza siendo un distribuidor, no un fabricante, puedo emetir el modelo 503 ? hay que presentar otros documentos ?

    • admin  (16/03/2017 - 12:28)

      Estimado Ángel:

      Muchas gracias por tu consulta a Emprenderioja.

      La clave de tu cuestión reside en el hecho de si como distribuidor has abonado ya los impuestos especiales correspondientes a la cerveza que vas a exportar. Lo normal es que sí.

      También entiendo que la cerveza se va a exportar desde tu almacén distribidor, no desde la empresa elaboradora; y que el despacho de Exportación se va a llevar a cabo en Aduana Española.

      Teniendo en cuenta estos condicionantes para exportar la cerveza a Suiza no necesitarías emitir el 503 -este documento tan sólo sería necesario para enviar la cerveza a algún país miembro de la UE desde tu almacén-.

      En la Aduana de Salida Española, como consecuencia del Despacho de Exportación a Suiza, se generará un DUA, del que deberás archivar una copia junto a tu factura sin IVA.

      En la página Market Access Data Base, madb.europa.eu, en el apartado “Procedures and Formalities”, seleccionando Switzerland e indicando el código 2203 -código arancelario a la cerveza-, en la columna de la derecha verás los requisitos documentales específicos adicionales para exportar cerveza a Suiza, pero normalmente estos documentos o autorizaciones específicas son ya por cuenta del Importador.

      Una vez efectuada la exportación podrás solicitar la devolución de los impuestos especiales abonados. Para ello te recomiendo contactar con la Agencia Tributaria en el 901 335533, opción 5.

  5. ANGEL MARTINEZ  (18/04/2017 - 17:24)

    Disculpe pero no me queda claro el asunto de la cerveza a Suiza. Yo soy un distribuidor, a mi me factura el propio fabricante de la cerveza y en la factura que me emite, figura la partida correspondiente a impuestos especiales. Cuando yo facturo sin iva a mi cliente de Suiza me solicitan en aduanas para poder hacer el despacho, el documento de acompañamiento modelo 503. Puedo emitir yo este documento ? Yo no liquido en Hacienda los impuestos especiales, presumo que lo hace el fabricante pero no tengo la certeza.
    Gracias.

  6. Juan José  (24/04/2017 - 08:50)

    Hola.

    Hasta 2017 he hecho algunas operaciones con vino a Francia como intermediario (comprar a la bodega y vender a Francia) con el documento 503. Me comentan que ahora Francia no admite este documento o que necesitan algún tipo de contacto con la bodega. ¿Me podríais aclarar exactamente que ha cambiado con respecto a años anteriores?

    Gracias.

  7. Roser  (28/06/2017 - 11:18)

    Un artículo muy interesante, felicidades y gracias por compartir la información. Buscando sobre el IVA en las exportaciones he encontrado un post que creo que se complementaría muy bien con su artículo: http://www.captio.net/blog/iva-exportaciones-tipos-de-operaciones-y-normativa
    Espero que sea de su interés,
    Un saludo

  8. Cesar A.  (29/01/2018 - 15:44)

    Hola buenas tardes,

    Quisiera saber si el EMCS hay que solicitarlo por envio o por producto para un envio a China.

    Muchas Gracias

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