Crowdfunding: Financiación alternativa

Uno de los resultados más dañinos de la crisis ha sido la radical disminución del crédito bancario al tejido empresarial español. Las causas de esta coyuntura han sido bien analizadas, pero el resultado ha sido que empresas solventes y proyectos empresariales bien fundamentados no han tenido acceso a fondos para su continuidad e inicio. Esto también es consecuencia de la casi total dependencia de la empresa española del sistema bancario para financiación, al igual que nuevos proyectos.
A raíz de esta esta situación aparecen otras fuentes de financiación alternativas, una de ellas es el Crowdfunding. Su traducción es financiación multitudinaria, es decir que un proyecto empresarial, nuevo o establecido, recibe financiación de un gran número de participantes. El gran número se busca para diluir el importe a aportar por cada uno, haciéndolo más asequible al inversor y posible al que busca el capital. El medio utilizado para llevar a cabo este sistema es una plataforma web. La contrapartida para el inversor puede ser: recompensa (regalos, descuentos en un producto, nombrarle como «financiador»,…), rentabilidad sobre el dinero (al modo de préstamo, se devuelve el principal más intereses) y participación en la empresa (su inversión es parte del capital social de la misma). El primero es lo que se llama generalmente crowdfunding, el segundo crowdlending y el tercero crowdequity.
Cada necesidad de financiación se acoge a la fórmula que mejor se adapta a su planteamiento de negocio específico y estructura. No hay una regla fija, cada proyecto debe ser estudiado de forma individual. Empiezan a aparecer crowdfundings corporativos para contrastar la respuesta del mercado a sus productos y poder ajustar los parámetros del producto a la información que recogen en su plataforma.
La clave primera es que el proyecto tenga interés, sentido empresarial y garantía de contrapartida en una de las tres opciones: como recompensa, como rentabilidad de dinero prestado y como inversión. A partir de esta primera premisa el demandante de capital y el equipo gestor del crowdfunding diseñan la información a suministrar del proyecto (fundamentalmente plan de negocio riguroso y exhaustivo) y el tipo de contrapartida que puede pedir el inversor. La relación entre el demandante de capital, el equipo gestor del crowdfunding y el inversor es fundamental. El valor añadido que aporte el equipo gestor del crowdfunding a los otros dos miembros del sistema de financiación es crítico y diferencial para lograr el objetivo común y cumplimentar satisfactoriamente los requisitos de ambos, con total garantía y seguridad.
La nueva Ley de Emprendedores legisla sobre los crowdfundings, es necesario que se haga así y garantizará la seguridad y fiabilidad de las operaciones.
Si quieres conocer más sobre este tema, no te pierdas la presentación de OptimaIdea: plataforma de financiación de proyectos empresariales, mediante crowdfunding, Optimaidea. Durante la presentación se explicará la metodología crowdfunding y la operativa concreta de Optimaidea.
El próximo 20 de Marzo 2014 a las 19:00 en el salón de Ibercaja (Murrieta), Logroño.

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